lunes, 7 de noviembre de 2011

UNC - Dos aristas de una misma historia

Desde hace un tiempo a la fecha, distintas acusaciones contra un profesor de la Facultad de Derecho (UNCo) han llegado a nuestra casilla de correo electrónico.
Las posturas duramente desencontradas se reflejan en los textos que ha continuación queda disposición del amigo lector.
No deja de ser una recomendación que quien incursione en la lectura de esta publicación, lo haga hasta el final para asi poder tener más elementos que dan contexto a esta situación.
* Los textos están expuestos de manera fiel a la recepción.

(Texto de acusación a Patricio Orlando)

Camino a una educación LIBRE de abusos, violencia y estereotipos sexistas:

¡Fuera Patricio Orlando de la UNComahue!

A más de un año de comenzada la lucha contra el abuso y la violencia en las aulas, arrancó el sumario contra el docente de locución Patricio Orlando. Este profesor fue denunciado por la Comisión de Mujeres y la Conducción del Centro de Estudiantes del 2009-2010 por abuso de poder y discriminación sexista.

Luego de que en agosto de 2010 el Consejo Directivo votara la apertura de un nuevo sumario administrativo y ordenara la reconstrucción de otro iniciado contra él en el año 2000 (por acoso sexual contra una estudiante) , el docente presentó reiterados certificados médicos que habilitaban una licencia siquiátrica. Estas licencias se le renovaron durante un año, garantizándole impunidad y evitando que el sumario avance durante todo ese tiempo. Mientras tanto siguió trabajando en Canal 10 cómo locutor, hecho que no fue cuestionado por las autoridades de la Fadecs a pesar de que estaba a la vista de que lo que pretendía éste docente era evitar que se abriera el proceso en su contra.

En mayo de este año renunció la sumariante Ana Calafat y fue designado Diego Broggini, asumiendo la responsabilidad de arbitrar los medios necesarios para que el sumario avance. Además, junto a una gran cantidad de estudiantes de Comunicación nos movilizamos al Consejo Directivo para exigir la continuidad del dictado de las materias que estaban a su cargo.

Hace pocos días, luego de que las licencias siquiátricas llegaran a su fin, el sumario retomó su curso. Orlando ya fue notificado, corrieron los plazos para que presente su descargo y ahora comienza la etapa en la que las y los estudiantes que prestaron testimonio sobre los reiterados abusos de poder que el docente cometía deberán presentarse ante el sumariante para ampliar su declaración.

Una vez que el sumariante recoja todos los testimonios de ambas partes elevará un informe al Consejo Directivo y será éste cuerpo –integrado por docentes, no docentes, estudiantes y graduados- quien finalmente resolverá si Orlando es sancionado por sus prácticas abusivas y hechos de discriminación sexista. Desde la Comisión de Mujeres consideramos que debe ser exonerado, que el maltrato, la discriminación sexista, el acoso y el abuso de poder son prácticas que deben ser erradicadas completamente de las aulas para terminar con la pedagogía del miedo. Exigimos que el Consejo Directivo se pronuncie en éste sentido haciéndose eco de los debates por los que ha atravesado nuestra Facultad.

¡Que se resuelva el sumario YA!

¡Basta de abusos y violencia en las aulas!

Camino a una educación libre de estereotipos sexistas:

¡Fuera Patricio Orlando de la UNComahue!


(Nota de Patricio Orlando)

COMUNICADO POR LA VERDAD DE LOS HECHOS

TODOS LOS DIFAMADORES; Y SUS RESPECTIVOS DIFUSORES, DEL GÉNERO SEXUAL AL QUE PERTENECIEREN, COMPARECERÁN OPORTUNAMENTE EN LOS ESTRADOS JUDICIALES COMPETENTES, POR ACCIÓN, ERROR U OMISIÓN.-

Los cinco denunciantes, son militantes, adherentes y/o dirigentes, del género sexual que fuese, cobijados en la Corriente Estudiantil Popular Anti imperialista, cuya sigla es CEPA, que perdió tres veces consecutivas las elecciones en la FADECS, a partir de la denuncia, que reitera el panfleto que luce debajo, contra el docente citado.

Dicho documento público, a su vez, desacredita mediante grave injuria y difamación pública, la actuación de los profesionales de la Salud que intervinieron y de quienes conformaron -además- las dos Juntas Médicas, que ratificaron oportuna y unánimemente, el dignóstico y tratamiento del profesor.-

Así como se han encargado expresamente de difamar públicamente el buen nombre y honor que mantuvo y mantiene el docente durante el sumario, es justo y oportuno que se conozcan y difundan los nombres y apellidos de quienes pretenden escudarse en el anonimato cómplice de los medios de comunicación, valiéndose de voceras propias y rotativas del grupo o comisión de mujeres, que -a su vez- carece de representatividad legal, pues todas sus integrantes ya pertenecen al claustro de las estudiantes, auto discriminándose como tales, ya que seguramente -en caso hipotético de ser creado- fustigarían la existencia simétrica de un "grupo o comisión de hombres" en la FADECS.

Mientras tanto, queda demostrada la vulneración permanente de los derechos humanos constitucionales de réplica, opinión y ética periodística, entre otros, de todos los medios de comunicación que han contribuido a fomentar los delitos de calumnias, injurias y acoso laboral, en perjuicio del profesor de Locución, pues nunca le han otorgado la posibilidad de que exprese sus ideas sobre el asunto.-

La nómina completa de denunciantes -de la derrotada CEPA- es la siguiente:

1) Nehuén Corbeletto ("periodista" informático y ex vicepte.Centro Estud.)

2) Ana Belén Spinetta ("periodista" convencional e informática del diario "Río Negro")

3) Sebastián Curinao ("periodista" y productor convencional e informático de pública actuación en las radios Antena Libre, El Valle, La Súper y Versión Sur)

4) Daniela Contreras (idem anterior)

5) Jerónimo Torti (no integra la comunidad educativa de la universidad)

GRUPO POR LA VERDAD

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL COMAHUE

----------------------------------------------------------------

AVISO LEGAL -Ley 26.388 -DELITOS INFORMÁTICOS:

Artículo 155: Será reprimido con multa de pesos un mil quinientos ($ 1.500) a pesos cien mil ($ 100.000), el que hallándose en posesión de una correspondencia, una comunicación electrónica, un pliego cerrado, un despacho telegráfico, telefónico o de otra naturaleza, no destinada a la publicidad, la hiciere publicar indebidamente, si el hecho causare o pudiere causar perjuicios a terceros.

No hay comentarios:

Publicar un comentario