viernes, 20 de febrero de 2015

PATRICIO ORLANDO: EL STJ FIRMO CONVENIO CON LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL COMAHUE

¡Qué güena noticia, men! (& women, also !!!!) 
¡Ahura zí que ZERÁ JUSTIZIA...y de la REVIZIONIZTA en zerio, po!

En una de esas, se les da a tuitos, tuitas, tuiteros, tuiteras y tweetys, der kanarien amarishen animaden de la Guarner Braders In corpo reited, por "revisar procedi....MIENTO...s..." fashidos por ser NULOS de NULIDAD ABSOLUTA e investigarlos pa jurar shegar a la verdá y na má que la verdá de lojhechos.-
(rector actual UNCo. licenciado don Gustavo Vicente Crisafulli dixit circa 2014). 

Ergo, sucedería la siguiente fantasía nacional y popular (anche dende sha: pat....agónicus):

1) don Sergio Mario Barotto le pediría a don Carlos Pescader que le confiera -de modo extemporáneo pero revisionista al fin (de errores y/u horrores de lesionada humanidad) el traslado del expediente de exoneración de la UNComahue, por el cual la UNCo echó ad divinis -o zea, pa ziempre, po- (in) justamente a don Orlando, asunto (in)oportunamente caratulado por sus ex amigos coaligados en la FADECS (PJ-UCR) don Omar Jurgeit y/o don Diego Jorge Broggini como: "abuso de poder y discriminación sexista"; conteste con las FALSAS imputaciones denunciadas EXCLUSIVAMENTE por cinco (¿mentarios?) entonces miembros erectos de la maoísta Corriente Popular Estudiantil Anti imperialista CEPA(lón...todos y todas) que desempeñan y/o desempeñaron, azigún il cazzo, tareas de (des)inteligencia periodística para el diario imperialista (shanqui) roquense y/o fiskemenukense (según la CEPA "china") intitulado desde hace más de un siglo: "Río Negro", propiedad de la familia Rajneri; a saber: a) Ana Belén Spinetta, b) Nehuén Corbeletto; c) Sebastián "el Santa" Curinao y d) Daniela Castro. En efecto, el centenario y laureado diario, merced a su agencia neuquina incurrió en mala praxis profesional al titular con manifiesta falsedad que don Orlando estaba imputado por la CEPA de "Acoso sexual" en lugar de "Abuso de poder y discriminación sexista", expediente que -nada más ni nada menos- demostró ABSOLUTAMENTE que los cargos imputados a Orlando NO FUERON -NI REMOTAMENTE- DEMOSTRADOS sino que respondieron a una MUY BURDA PERO SUMAMENTE PELIGROSA MANIOBRA POLÍTICA ACADÉMICA BASADA EN DICHOS Y HECHOS DESCONTEXTUALIZADOS EX PROFESO, es decir, CON DOLO, POR LOS DAÑOS EN DEFINITIVA CONSUMADOS en perjuicio del docente don Orlando y de su propia familia, cuestión que fue DEFORMADA también con indudable DOLO por el instructor del sumario, don Broggini, quien el mismo día del tratamiento del asunto en la FADECS -nulo de nulidad absoluta según el Derecho Administrativo más elemental y las propias y contradictorias normas de la UNComahue, que entre otras discrimina al docente interino y privilegia ilegalmente al docente regular prescribiendo un juicio académico para un profesor regular imputado pero no para uno interino igualmente acusado, presentó un recurso administrativo en pos de revalidar cargos docentes que le fueron adversos por concurso público al mismo tiempo que oficializaba su ABSURDO dictamen PLAGADO de vicios e irregularidades procesales pero que sugirió al Consejo Directivo de la FADECS y a la postre al Consejo Superior de la UNCo, la exoneración -echar pa ziempre de la UNCo- de don Orlando recurriendo -según su amigo don Jurgeit- a la MUY PELIGROSA y FÁCIL doctrina jurídica shamada: "Teoría de la sana crítica" que sirve al juzgador para que éste recurra a generalidades sin sustento probatorio EFICAZ y CONCRETO en pos de una sentencia, pues -como sucedió en este MUY GRAVE CASO- el instructor don Broggini -entre otras BARBARIDADES JURÍDICAS- ni siquiera COTEJÓ y EVALUÓ las declaraciones COMPLETAS de la totalidad de los y las testigos de una y otra parte, que CONTRADIJERON y/o RATIFICARON la FALSEDAD de las imputaciones. Así, testigos convocados EXCLUSIVAMENTE por la parte acusadora, desmintieron TODOS Y CADA UNO de los INVEROSÍMILES cargos, derribando la CLARA CONSPIRACIÓN política de dicha perversa y MUY DAÑINA CEPA -cuando la complicidad final lo demuestra voto mediante del entonces decano Jurgeit y de su tía, doña Alicia Bosani en el Consejo Superior de la UNComahue que se asemejó a un cuerpo casi íntegramente conformado por ciegos, sordos y mudos dolosos, según se desprende del acta labrada por la propia UNComahue- que procuraba volver a un poder interno en la FADECS, perdido en ese entonces y que sólo recuperó años después merced a una coalición cívica con otras facciones estudiantiles comunistas, tras la BRUTAL exoneración del VAPULEADO pero MUY DIGNO profesor de Locución, don Patricio Martín Orlando. Cabe recordar que miembros erectos de la maoísta CEPA rompieron -según la propia publicación periodística roquense y/o fiskemenukense que les dio y aún les da trabajo- bienes muebles del Aula Magna de la FADECS mientras sus adláteres porteños o aquellos rotativos -becados ex profeso para tales fines- de otras jurisdicciones provinciales argentinas -también según el "prestigioso" diario Río Negro- incendiaron parte de la sede de una embajada en la ciudad autónoma de Buenos Aires hasta que fueron reprimidos por la policía. 

2) Luego, don Pescader (hoy decano) y/o don Crisafulli (actual rector) por asesoría letrada de la UNComahue, rechazarían la solicitud rionegrina del pampeano don Barotto pues aducirán que el fuero provincial carece de jurisdicción y es el federal el ámbito competente al tratarse de un ente nacional.-

3) Conteste con dichas instancias, intervendrá algún otro abogado -indignado o no- que luciere en calidad de magistrado federal (con sede en Neuquén, General Roca y/o Fiske Menuko), aunque usurpe el título y honor dado en ser shamado: "doctor" (es decir, sin acreditar el respectivo "doctorado") en cada escrito judicial en el cual hasha estampado su firma, quien procederá a revisar TODO el expediente administrativo y NADA académico (sin permitir que intervenga por él, otro colega aunque éste revista el cargo de secretario del Juzgado actuante) y detectará una larga serie de nulidades que procederá a describir con el detalle que merece toda irregularidad cometida ex profeso o aún de manera culposa, si es que cupiese esta última calificación del delito.-

4) El y/o la juez federal, votará finalmente por una HISTÓRICA enmienda de TODO el asunto que remediará tardía pero satisfactoriamente la situación moral, pecuniaria y profesional del docente exonerado, cusho güen nombre y honor está (in) justamente afectado ad divinis mediante internet (ver "Patricio Orlando" en Google), fundamentando en primer término -como en el caso francés del capitán Dreyfus, ver libro o filme: "Yo acuso" del periodista y escritor galo Emile Zola- que los extemporáneos y ridículos cargos formulados por el instructor del sumario académico, don Diego Jorge Broggini no corresponden EN VERDAD a delito ALGUNO, según lucen los códigos nacionales e internacionales vigentes e ínterin imputándole supina ignorancia al entonces decano don Omar Jurgeit, quien como presidente del Consejo Directivo de la FADECS UNComahue, debió ser quien imputara -si los hubiere- cargos para que el docente los respondiera en tiempo y forma; y no después de ser requeridos de forma extemporánea al instructor del sumario -con el expediente largamente iniciado- quien también omitió formularlos, salvo cuando le fue requerido por la parte acusada, e ínterin, promoverá una acción legal por mala praxis profesional, contra los citados "dones" Jurgeit y Broggini con la agravante de haber sido cometida en una casa de estudios superiores que se supone debe capacitar con rigurosa excelencia a futuros y futuras profesionales del Derecho. Al mismo tiempo, advertirá la mala praxis culposa o dolosa -según lo determine dicha autoridad- del primer asesor letrado del acusado, don Jorge Oscar Crespo, de manifiesta relación política y/o amistosa (misma lista política) con el entonces decano don Omar Jurgeit y con el instructor del sumario, don Diego Jorge Broggini, a quien -¿oh, curiosidad y/o paradoja de la vida?- investiga actualmente extramuros de la FADECS, es decir, por cuerda y/o soga y/o toga separada, para determinar en su facultad de instructor del sumario, si existió maltrato laboral del citado camarista del fuero rionegrino del Trabajo -don Broggini- en perjuicio de la denunciante juez provincial de Familia, doña Daniela Perramón, mientras ésta actuaba en calidad de secretaria de dicha Cámara del Trabajo, expediente sin movimiento conocido -a pesar del seguimiento periodístico del diario Río Negro- desde que don Crespo se hiciera cargo el año pasado -MUCHOS meses atrás- como vocal del Consejo de la Magistratura de Río Negro que fue presidido hasta diciembre de 2014 por su colega don Barotto.

5) Al voto (para la sentencia) del "docto" magistrado federal, adherirá el par neuquino o rionegrino aunque también federal de colegas leguleyos que demostrará "al pueblo y al clero" que el largo brazo de la Justicia shega MUCHAS, DEMASIADAS veces TARDE pero con seguridad a su destino de grandeza.

...no zé zi mentendé...vó zabé cómo zoy sho...

Posdata: ¿constituye acaso mala praxis profesional dolosa o culposa -además- IGNORAR qué plazos legales son válidos EN VERDAD para litigar en asuntos administrativos, laborales y penales como estos? ¿90 días hábiles cuando "TODOS" o al menos "la contra flor al resto" consultada SABE QUE SON sólo 30, las jornadas hábiles para DEMANDAR justicia en este tipo de entuertos y/o enciegos y/o enmudos y/o ensordos? Y si así fuere, ¿que Dios y la Patria lo demanden al abogado que patrocinó y percibió honorarios nada módicos por su labor -evitando firmar escritos y que su buen nombre y honor no aparezca -en TODO cuanto fuese posible- en los medios de comunicación- y que SE JODA PARA SIEMPRE el VERDADERO inocente y su CASTIGADA familia?

Asta la prósima bandera...

Otro si (y/u orto no). (La locución casteshana de la jerga judicial escrita: "Otro si digo" es INCOYETA).

¡Qué interesante e ilustrativo será el libro que se sigue produciendo en los tasheres Orlando & Co.!

¡Pensar que será presentado SHUSTAMENTE en la Biblioteca Ernesto Sábato de la UNComahue!

¿Nuez éktrordinario?

¡ Güen finde pa tuitos, tuitas, tuiteros, tuiteras y tweetys, der kanarien amarishen animaden !    


PUBLICACIÓN DEL CONVENIO
 
 
COMUNICACION JUDICIAL - PODER JUDICIAL DE RIO NEGRO
Dirección de Medios de Comunicación - Poder Judicial de Río Negro
Laprida 292 - Nivel 4 - Viedma - Te: 02920-15649805 / 441000 - Int: 1385 y1439
Email: mialto:mediosstj@jusrionegro.gov.ar

 
Viedma, 19 de febrero de 2015.
 
STJ firmó Convenio Marco de Cooperación con la Universidad Nacional del Comahue
 
 
 
El Juez Sergio Mario Barotto suscribió este jueves, en representación del Superior Tribunal de Justicia, con el Rector de la UNCo. Lic. Gustavo Vicente Crisafulli, la firma del Acuerdo Marco de Cooperación con la Universidad Nacional del Comahue.
 
Participaron además del acto, la Jueza del Superior Tribunal de Justicia Dra. Liliana Laura Piccinini, el Secretario de Relaciones Institucionales de dicha Universidad, Lic. Gustavo Ferreyra y el Dr. Juan justo, en representación de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la misma Casa de estudios y el Decano del Curza Mgter. Claudio Mennecozzi, entre otras autoridades.
 
El convenio suscripto tiene como objeto la promoción y la concertación de programas de cooperación para la ejecución conjunta y coordinada de proyectos de investigación, transferencia, formación, asistencia técnica, docencia y/o extensión áreas de mutuo interés vinculadas a diferentes ramas del Derecho, por un lapso de cinco años y con la opción a renovar. La finalidad es poder jerarquizar no sólo la disciplina del derecho, sino fortalecer los vinculos de la instituciones firmantes.
 
En la oportunidad el Dr. Sergio Barotto señaló que “creo que esto nos va a dar la posibilidad de mejorar los vínculos que tenemos entre el Poder Judicial y la Universidad”.
 
“Vínculos que el Poder Judicial los ha tenido históricamente porque muchos de los egresados de la Facultad de Derecho hoy son integrantes del Poder Judicial tal es asi que dos de los Jueces del STJ somos egresados de la Facultad de Roca”, afirmó.
 
“Alentamos que a partir de este convenio podamos suscribir protocolos específicos de trabajo, creo que lo que hemos estado charlando recién respecto de un centro documentación y de investigación jurídica que sea de excelencia en la provincia de Río Negro, sería una oportunidad y algo muy bueno para todos y en especial para el ambiente académico y la Universidad y para los operadores de justicia”, expresó el Juez del STJ.
 
Precisamente, en el marco de la rúbrica del Acuerdo, se mantuvo una reunión de trabajo destinada a analizar aspectos de la futura instalación en aquella Facultad de un Centro de Investigación Jurídica y, siendo que el Estado Nacional aportaría fondos a los fines de construir las instalaciones de aquél futuro Centro, formó parte también del encuentro el Senador Nacional Dr. Miguel Pichetto.
 
Del Convenio:
 
Entre los marcos generales,  el Acuerdo de Cooperación consideró:
 
La importancia que ambas instituciones asignan al conocimiento en materia de investigación, docencia, formación de las personas y aplicación del mismo para mejoramiento de la vida en sociedad;
El reconocimiento del Derecho como vía principal para la organización de la vida de las comunidades y la sociedad, herramienta privilegiada para canalizar los factores del cambio social, mitigar los conflictos y marco de suma importancia para el estudio y la intervención en el campo de las acciones humanas;
Que la Universidad Nacional del Comahue y el Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Río Negro consideran necesario y de utilidad el trabajo conjunto en esta materia;
Que el estudio conjunto de las problemáticas que el Poder Judicial debe procesar a diario en el ejercicio de sus funciones constitucionales puede contribuir a la generación de herramientas de prevención, tratamiento y superación de los diferentes escenarios de conflicto social;
Que ambas instituciones fijan como prioridad impulsar la vinculación y la transferencia de conocimientos con los diferentes actores sociales que redunden en beneficios para la región.

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